jueves, 26 de abril de 2012

Constitución de 1940 en Cuba y las leyes complementarias.

El 20 de mayo de 1902  tiene lugar la toma presidencial de Tomás Estrada Palma; jura cumplir una Constitución amordazada a interese extranjeros, pero  al decir de Sanguily "no fue cumplida", por lo menos así se lo expresó a  Gerardo Machado cuando este intentó reformarla, y le objetó: "para qué reformala si nunca se ha cumplido"; y que conste que el irrespeto constitucional fue peculiar en la república neocolonial cubana, así que al aprobarse la Constitución de 1940, considerada como un modelo de constitución burguesa, de signos de progreso; fue nuevamente objeto de la desovediencia, primero del  gobierno de Fulgencio Batista y de los que se sucedieron  después, hasta que el golpe de estado de 1952 la supultó definitivamante. Nada tiene por tanto de extraño que estuviera su restauración dentro de las principales proclamas del pueblo cubano en la década del 50 del pasado siglo. 

Así al proclamarse el triunfo revolucionario del 1 de enero de 1959, fue restituida, teniendo lugar a partir de entonces aplicación práctica, que dada la profundidad de los cambios que tenían lugar, llevaron a que  aplicándose leyes complementarias que hicieran posible la continuidad del proceso revolucionario, sufriera cambios que no implicaron en nigún modo su negación; así por ejemplo la Reforma Agraría, no constituye ningún acto fuera de la constitución pues ya sus bases estaban en la constitución de 1940; el problema de la tierra,  la apropiación de ella en pocas manos , así como el latifundio, constituyó para el nuevo gobierno una tarea a la cual dar solución.

Otras complementarias vendrían después, la ineficaz ejecución de ellas después de aprobada solo conbraron vida con el proceso revolucionario.

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