Al producirse el más reciente encuentro de
historiadores de la provincia de Villa Clara, dónde los énfasis fundamentales
son dado en la presentación de trabajos sobre historia regional y local, topamos casi siempre con la falta de
rigor en la utilización de las fuentes o en la tergiversación de ellas, que
inevitablemente conduce a brindar un discurso narrativo que deforma el hecho
histórico mismo; por otra parte la falta de interconexiones, deja mal parado el
verdadero sentido del espacio y el tiempo.
Hace algunos años se viene atribuyendo la formación
del primer cuerpo de bomberos existente en Cuba al fundado en Santa Clara, supuestamente en el
año 1696, al analizar detalladamente las
Actas Capitulares del Cabildo relativas a ese año, encontramos que:
El 1 de enero se celebra sesión para elección de cargos concejiles.
Un día después se celebra reunión, donde se acuerda
efectuar las sesiones los viernes; se presentaron varias solicitudes de medidas
de solares; mostrándose además el testimonio de una escritura.
La sesión del
día 5 fue dedicada a analizar la solicitud presentada para que el Beneficiado
Diego Rubí de Celis, cura y vicario represente al cabildo ante el Gobernador y
Capitán General de la Isla
para dirimir las contradicciones con la Villa de San Juan de los Remedios.
El día 16, se presentó el Título Teniente de Justicia
y Guerra a favor de Jerónimo Francisco de Fuentes y Herrera, otorgado por Diego de Córdova Lazo de la Vega, Gobernador y Capitán
General; fue mostrada además una solicitud de tierra realenga.
En la reunión del día 23 fue otorgada una licencia
para la construcción de un sitio en la boca del río Sagua La Grande, entre el corral de
Los Guines, Las Caguaguas y el hato de la Jumagua.
Durante el mes de febrero solo se llevan a cabo dos
sesiones que fueron dedicadas a:
Día 9, fue presentado el despacho donde se designa a
Antonio González de Villareal como Juez de Residencia.
Día 18, los regidores discuten sobre el
establecimiento de aranceles para las carnes. Fue exhibida una solicitud de
tierras realengas en Ranchuelo para la cría de ganado.
Durante el mes de marzo no se celebraron sesiones.
En el mes de abril solo se efectúan dos sesiones:
Día 26, es analizado por los regidores el despacho
enviado por la Real Audiencia
de Santo Domingo donde se disponía la entrega del Archivo perteneciente a la Villa de San Juan de los
Remedios, retenido por los regidores de la Villa de Santa Clara.
Día 27, se hacen varias solicitudes al cuerpo
capitular, pero no aparecen reflejadas estas en el cuerpo del acta, solo se
hace mención a ellas.
Durante el mes de mayo no se llevaron a cabo sesiones
de la corporación.
Una sesión en el mes de julio, el día 27; en la misma
se trató sobre la división de tierras entre la Villa de San Juan de los Remedios y Santa Clara.
Se hizo una solicitud para la construcción de un corral en El Roble para la
cría de animales.
Una sesión el 20 de agosto donde se aprueba una
licencia para poblar el sitio de Pelo Malo. Los regidores aprobaron además
medidas para el abasto de ganado mayor a la Villa.
En el mes de septiembre no se celebraron sesiones del
cabildo.
Concluye el año con una sesión el 20 de octubre, en
esta reunión se presentó una solicitud de Diego Rubí de Celis y Cristóbal de
Moya de 4 caballerías de tierra para la construcción de un ingenio. Fue
presentada otra para la cría de ganado menor en el Arroyo de Manacas.
El año antecedente de 1695, el Cabildo solo celebró 2 reuniones, dedicadas a abastos y
tratar sobre precios.
En el año 1697, posterior a 1696, solo 9 sesiones
dedicadas a abastos, precios, y aprobación de solicitudes de tierras.
Después de una revisión de los temas abordados por
los regidores del cabildo de Santa Clara hasta el año 1720, 30 años después de
fundada la villa, llegamos a las
siguientes conclusiones:
- Nunca fue presentada alguna solicitud, moción, o diligencia de creación de sección o cuerpo de bomberos para la Vila de Santa Clara durante el año 1696, por lo que no existe ninguna disposición u acuerdo administrativo para su creación.
- Una disposición de este tipo solo era posible por acuerdo del Cabildo, como principal órgano administrativo de la jurisdicción de Santa Clara, tampoco existen oficios del Gobernador y Capitán General de la Isla donde se disponga su creación; lo que invariablemente tenía que ser objeto de ejecución por el cuerpo administrativo.
- No existen Reales Decretos o Reales Ordenes que dispongan para la Villa de Santa Clara la creación de una sección o cuerpo de bomberos; en las actas capitulares no existe ningún tipo de mención a ellos durante todo el siglo XVIII.
- Desde la fundación del cabildo el 1 de enero de 1690 y hasta el año 1720, no aparecen en las actas ningún tema relacionado con la constitución de una sección o cuerpo de bomberos en Santa Clara.
- Las únicas disposiciones del cabildo sobre incendios están referidas a la obligatoriedad por parte de los vecinos a tener cubos y escaleras para sofocarlos (acuerdo de la sesión de 20 de febrero de 1795, más de un siglo después de creada la villa).
Bibliografía
Fondo Ayuntamiento de Santa Clara. Actas Capitulares.
Tomo I. Original Manuscrito. Archivo Histórico Provincial. Villa Clara.
Idem. Tomo II.
Idem. Tomo IX.
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